Guía Erasmus
Beca Erasmus Castilla y León: cuantía, requisitos y cómo solicitarla
Ayuda complementaria de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León para quienes ya tienen una beca Erasmus+ de estudios en una universidad de la comunidad.
Castilla y León tiene programa propio de ayuda complementaria para su alumnado Erasmus+. El nombre oficial es «Ayudas complementarias a estudiantes universitarios de Castilla y León beneficiarios de becas Erasmus+ de movilidad con fines de estudio», y la gestiona la Consejería de Educación de la Junta a través de la Dirección de Universidades e Investigación. Es un programa anual recurrente desde 2017, con bases reguladoras en la Orden EDU/897/2017, modificada por la Orden EDU/1507/2020.
No sustituye a la beca Erasmus+: se suma a ella. De hecho, uno de los requisitos es ser ya beneficiario de una beca Erasmus+ de movilidad con fines de estudio (las prácticas quedan fuera). La propia orden declara esta ayuda compatible con cualquier otra ayuda, subvención, recurso o ingreso de cualquier administración o entidad, pública o privada, nacional o internacional, con la misma finalidad. El único límite es que la suma de todas ellas no supere el coste total de la actividad subvencionada.
Abajo tienes cómo se calcula la cuantía, los requisitos completos, el plazo de la última convocatoria resuelta y el estado de la del curso 2026/2027, y la vía exacta de solicitud. Si lo que buscas es el panorama completo de ayudas a la movilidad, empieza por la guía general de becas Erasmus.
La ayuda, en detalle
Autonómica
Castilla y León
Ayudas complementarias a estudiantes universitarios de Castilla y León beneficiarios de becas Erasmus+ de movilidad con fines de estudio
Plazo
Convocatoria 2025/2026 (la más reciente, ya resuelta): solicitudes del 13/11/2025 al 11/12/2025 (20 días hábiles desde el extracto en BOCyL de 12/11/2025); resuelta por Orden EDU/283/2026, de 18 de marzo (BOCyL 24-03-2026). Convocatoria 2026/2027: NO publicada a fecha de hoy (07/09/2026). Es un programa anual recurrente desde 2017 (bases reguladoras Orden EDU/897/2017, modificada por Orden EDU/1507/2020) — por el patrón de años anteriores es previsible que se publique en otoño de 2026 (octubre-noviembre), con extracto en BOCyL y aviso en el Portal de Educación.
Dónde pedirla
Solicitud electrónica — aplicación AEDO (trámite BERA), Sede Electrónica de la Junta de Castilla y León
Cuantía
Sin cuantía fija publicada
No hay cuantía fija: el importe mensual sale de dividir el crédito total de la convocatoria entre la suma de meses de estancia de TODOS los beneficiarios, así que no se conoce hasta que se resuelve. En 2025/2026 fueron 1.150.000 € repartidos entre 1.468 beneficiarios.
El importe no se conoce hasta que se resuelve la convocatoria: depende de cuántas personas la pidan y de cuántos meses sume el conjunto de beneficiarios.
Requisitos
- Estar matriculado en una universidad (pública o privada acreditada con la Carta Erasmus de Educación Superior, ECHE) de Castilla y León, en estudios oficiales de grado, máster o doctorado.
- Ser beneficiario/a de una beca Erasmus+ de movilidad de estudiantes CON FINES DE ESTUDIO (no prácticas) para el curso académico de la convocatoria.
- La institución de destino debe pertenecer a uno de los países listados en el Anexo de la convocatoria, con acuerdo interinstitucional Erasmus+ vigente firmado por la universidad de origen.
- Duración de la estancia: mínimo 2 meses y máximo 12 meses por ciclo de estudios.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no estar incurso en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
- Presentar la solicitud (con declaración responsable y documentación de la universidad) dentro del plazo de la convocatoria; solo se tiene en cuenta la última solicitud presentada en plazo si hay varias.
Incompatibilidades
- Sin incompatibilidades expresas: la propia orden (Resuelvo Duodécimo) declara la ayuda COMPATIBLE con cualquier otra ayuda, subvención, recurso o ingreso de cualquier administración o entidad pública/privada, nacional o internacional, con la misma finalidad. Único límite: la suma de todas las ayudas, aisladamente o en concurrencia, no puede superar el coste total de la actividad subvencionada (si se supera, procede reintegro parcial).
Fuente: educa.jcyl.es